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    Marco Estratégico sobre Derechos Humanos

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    El Comité Olímpico Internacional (COI) tiene un compromiso de larga data con la promoción y el respeto de los derechos humanos dentro de los ámbitos en los que es competente. Las bases de este compromiso están plasmadas en la Carta Olímpica. Por ejemplo, la protección de la dignidad humana se menciona en el segundo Principio Fundamental del Olimpismo: «El objetivo del Olimpismo es poner siempre el deporte al servicio del desarrollo armónico del ser humano, con el fin de favorecer el establecimiento de una sociedad pacífica y comprometida con el mantenimiento de la dignidad humana».

    Más concretamente, la práctica de deporte contribuye a la realización de una serie de derechos humanos, entre los que se encuentran el derecho a la salud física y mental y el derecho a realizar actividades de ocio y recreo. Asimismo, la práctica de deporte como derecho humano implica inclusión y no discriminación, seguridad, respeto de las necesidades básicas y un entorno saludable.

    Para cumplir con el objetivo del Olimpismo, todas las partes que integran el Movimiento Olímpico deben respetar los derechos humanos reconocidos internacionalmente dentro de los ámbitos en los que son competentes.

    Tomado de: stillmed.olympics.co

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